Comunicado: Disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas (1 de enero de 2021)

Anunciamos la disolución de Ecopolis Disciplinas Integradas, luego de 14 años de labor ininterrumpida por la defensa de los derechos de los ...

jueves, 26 de junio de 2008

Campaña "Por una ley JUSTA"


Considerando que:


· Si bien, desde hace años existe un proyecto de ley marco en el Congreso, a la espera de ser aprobado, que propone la creación de una institucionalidad normativa de protección a los animales, debemos reconocer que en el debate político nacional no ha habido un posicionamiento suficiente de la sociedad civil para reclamar masiva y enérgicamente, por una parte, ni para obtener eficazmente, por otra, un reconocimiento por parte del Estado de los derechos animales.


· Nuestro Código Civil, Libro Segundo, al definir las varias clases de bienes (su dominio, posesión, uso y goce) señala a modo ejemplar de las cosas corporales muebles a los animales, en el inciso primero de su artículo 567 : “Muebles son las (cosas corporales) que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas, como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas.” Esta norma refleja una cosmovisión propia de la época en que fue promulgado el Código Civil, hablamos del año 1855.


· Sin embargo, nuestro Código Penal, art.291 bis, tipifica como delito los actos de maltrato o crueldad con animales y sanciona a su autor o autores con penas de privación de libertad (en un rango de 61 a 540 días de presidio) y/o multa. Esta norma que fue introducida en nuestro ordenamiento jurídico el año 1989 da cuenta de un cambio sustantivo en el ethos jurídico y cultural de la sociedad chilena. Esta norma no niega la condición de bien mueble a los animales (en derecho procesal tiene sentido que así sea) pero tácitamente niega su condición de cosa y reconoce en los animales a sujetos no humanos capaces de ser víctima de un delito; y aún más, sin importar siquiera la existencia o no de un vínculo patrimonial en relación al denunciante del hecho o en relación al ofensor. El bien jurídico protegido no es aquí la propiedad sino el individuo no humano que padece y sufre injusta e innecesariamente por acto de un tercero humano.


· A pesar de los vacíos legales y reglamentarios, es efectivo que dentro del marco legal vigente existen otras normas, además del art. 291 bis del Código Penal, que aplicadas racional y razonablemente, nos permiten reclamar conforme a derecho por ejemplo de las matanzas ilegales que efectúan muchos municipios como política de control demográfico canino, nos permiten exigir del SAG una mayor y mejor fiscalización de las condiciones -degradantes- de los animales de circo, etc. Sin embargo, es innegable la necesidad de dar un salto cualitativo en el trato que como sociedad damos a los animales.



· Varias organizaciones de protección animal (opas) han advertido la necesidad de que éstos temas sean asumidos como política de Estado, por ejemplo Homo Vegetus (proposición de crear una Unidad Ministerial dentro de CONAMA dedicada al tema animal) Ecoprotege (en su campaña en contra de los circos con animales y la exigencia de que el SAG haga real ejercicio de su función fiscalizadora), RIMA (promoviendo en los municipios una política de control demográfico basada en la esterilización masiva y educación de tenencia responsable de animales), Ecópolis Valparaíso-Viña del Mar (que los animales sean legal y reglamentariamente considerados dignos de protección en caso de emergencias y desastres de origen natural o humano).


· A su vez la coalición CEFU, de la cual son miembros y colaboradoras las organizaciones recién mencionadas, coordina y desarrolla constantemente acciones legales y campañas dirigidas a posicionar políticamente la agenda animalista, tanto para introducir cambios en la legislación actual, como para propender al cumplimiento de la ley en aquellos casos que así lo amerite el bienestar animal (entablando querellas por maltrato animal, interponiendo recursos de protección, presentaciones a Contraloría, promoviendo la campaña nacional de "denuncia de actos de maltrato y crueldad con los animales" a través de la difusión del Manual de Denuncia elaborado por el equipo jurídico de CEFU, al igual que el Manual de Control Canino).
· Numerosas opas, algunas de reciente creación, también personas naturales, han manifestado formal o informalmente su deseo y convicción de impulsar y participar de una campaña amplia por el cambio en el estatuto jurídico de los animales en Chile, por ejemplo Némesis, Flora y Fauna Ayiñleo, Anubis, Unión de Amigos de los Animales (Valparaíso), Educando Contra la Crueldad con los Animales (ECCLA), De la Calle a un Hogar (Viña del Mar), Colectivo Empatía Animal (Quilpué), La Campaña de San Francisco (Concón), Agrupación por la Tenencia Responsable de Animales ATRA ( Las Cruces), Centro de Protección Animal (San Antonio), Facebook (cibergrupo "Rescaten a los Animales de Chaitén"), y muchas otras a través de todo el país.


· Que los hechos acaecidos recientemente derivados de la erupción del volcán Chaitén han dejado de manifiesto un sentir ciudadano inequívocamente favorable al reconocimiento y promoción de los derechos de los animales, de todos... no sólo de animales de compañía. Y que ello se ha visto reflejado transversalmente en el seno de la sociedad al exigir del Estado y sus instituciones (Gobierno, Poder Judicial y Legislativo) un pronunciamiento ético, un accionar coherente y medidas oportunas de salvaguarda y rescate.


En este orden de ideas cabe destacar el Proyecto de Acuerdo de la Cámara de Diputados que por unanimidad solicita al Ejecutivo, entre otras cosas, la inclusión de los animales en los protocolos de evacuación y rescate de ONEMI en casos de emergencias y/o desastres naturales.


· Porque, así como vamos, la República celebrará el Bicentenario sin una institucionalidad moderna de protección y respeto a los animales.


· Invitamos pues a todas aquellas opas, y personas naturales, a participar de una campaña que no es propiedad nuestra sino reflejo de un sentir ciudadano, recogido y acariciado por el movimiento de protección animal en toda la extensión de nuestra larga y angosta faja de tierra.


· Basta de esperar; queremos participar de una plataforma política transversal (o sea multicolor) que esté dispuesta a trabajar con la sociedad civil organizada en pos de los cambios legales, institucionales y culturales que se requieran.


Porque es justo y necesario...
Porque es racional y razonable...
Porque es expresión de civilidad...
Queremos ya un cambio en el estatuto jurídico de los animales.




Ecopolis, Disciplinas Integradas
Valparaíso-Viña del Mar